Ayer informábamos de cómo Radio Televisión Española (RTVE) había consultado a la Junta Electoral Central (JEC) sobre si podía emitir el vídeo del partido fascista Falange en los espacios electorales que el ente público dedica a los partidos políticos en campaña electoral. Pues bien, la JEC ya se ha pronunciado al respecto. Y lo ha hecho desentendiéndose del tema, expresando que no es competente para determinar si el anuncio de la Falange es legal o no.
La JEC ha señalado hacia la vía judicial como recorrido a seguir: “La JEC viene reiteradamente declarado que no tiene competencia para acordar la suspensión de un vídeo de propaganda electoral por su supuesto contenido delictivo, en la medida en que, conforme a aquello que dispone en el artículo 20.5 de la Constitución, solo en virtud de resolución judicial pueda acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones u otros medios de información”.
Se debe aclarar que la consulta se había dirigido al órgano porque la Ley Orgánica del Régimen Electoral General le otorga competencias sobre publicidad electoral.
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