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PP, PSOE y Sumar pactan mantener en secreto el precio real de los medicamentos

in Política
PP, PSOE y Sumar pactan mantener en secreto el precio real de los medicamentos

El Tribunal Supremo deberá decidir si el precio real de los medicamentos financiados por el Sistema Nacional de Salud debe hacerse público en un litigio que enfrenta al Ministerio de Sanidad y a Novartis con la organización Civio y el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG). En este contexto, Partido Popular (PP), PSOE y Sumar llevarán este jueves a la Comisión de Sanidad una enmienda transaccional para blindar la confidencialidad de los costes de los fármacos.

La Comisión de Sanidad debatirá y votará la proposición de ley sobre el programa de cribado neonatal en el Sistema Nacional de Salud (122/000233). El texto incorpora una enmienda transaccional acordada por PP, PSOE y Sumar que pretende establecer como confidencial, de forma permanente, el precio real de los medicamentos.

El apartado tercero de la enmienda establece que «los acuerdos de financiación que se alcancen, así como la información derivada de los mismos o de su aplicación, incluyendo los precios de adjudicación de los contratos de suministro de medicamentos que celebren las Administraciones Públicas, tendrán carácter confidencial y no podrán ser revelados ni por la Administración General del Estado ni por las empresas u otras entidades que sean partes en dichos acuerdos«.

España tiene uno de los costes de medicamentos más bajos en la Unión Europa. Las farmacéuticas venden sus fármacos a un precio más alto en países como Alemania, Reino Unido o Francia. Si esta información se hace pública podría provocar que las autoridades sanitarias de dichos países exigiesen a los laboratorios el mismo coste.

La proposición de ley se ha tramitado por el procedimiento de urgencia, lo que reduce a la mitad los plazos parlamentarios. Además, si recibe el visto bueno de la Comisión de Sanidad, no será necesario que pase por el Pleno del Congreso.

No es la primera vez que PSOE y Sumar intentan incorporar esta medida a través de una enmienda. En mayo de 2025 ya se incluyó una propuesta similar durante la tramitación del anteproyecto de la Ley del Medicamento. Asimismo, el pasado mes de marzo ambos grupos la introdujeron en una iniciativa legislativa sobre discapacidad que finalmente no llegó a aprobarse. En aquella ocasión, la reforma se tramitó a través de la Comisión de Derechos Sociales, evitando su debate en la de Sanidad.

El origen del conflicto judicial se remonta a abril de 2021, Civio pidió al Ministerio de Sanidad la resolución que fijó el precio y las condiciones de financiación de Luxturna, un tratamiento de Novartis para la distrofia retiniana hereditaria. Quería conocer el coste real, ya que el precio que aparece en las actas de la Comisión Interministerial de Precios de Medicamentos (CIPM) no incluye los descuentos posteriores.

El departamento, entonces dirigido por Carolina Darias, no respondió en los plazos establecidos, y Civio presentó una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG), denunciando silencio administrativo. El organismo estimó la reclamación y dictó una resolución en la que ordenaba al Ministerio dar audiencia a Novartis y resolver la solicitud.

Tanto la farmacéutica como el departamento de Sanidad se opusieron, alegando el artículo 97.3 de la Ley de Garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, que establece que la información aportada por los laboratorios a la Administración durante el procedimiento de negociación de precios y financiación será confidencial, incluso una vez finalizado el proceso. También se ampararon a los límites del artículo de la Ley 19/2013 de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, que reconoce el derecho general de acceso a la información pública, pero define una serie de límites como la protección de secretos comerciales o industriales.

En 2022, Sanidad y Novartis interpusieron un recurso ante el Juzgado Contencioso-Administrativo Número 9 de Madrid contra Civio y el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Sin embargo, un año después la justicia lo desestimó y dio la razón a los organismos. El auto señaló que no se acreditaba un daño cierto a intereses económicos ni comerciales, y destacó la exclusividad de 12 años del medicamento y el interés público en el uso de recursos públicos.

Ante este escenario, las demandantes apelaron la sentencia ante la Audiencia Nacional que acabó desestimándola. Ahora, el caso ha llegado al Tribunal Supremo, que decidirá si el precio debe hacerse público. El recurso ya ha sido admitido a trámite, y la sentencia podrá tardar hasta dos años. Si es favorable, abrirá la puerta a nueva jurisprudencia.

 

eleconomista

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