Nueve agentes de la policía española acusados de torturas y trato degradante por la represión contra los votantes del 1-O han pedido ser amnistiados . La ley prevé esta posibilidad, aunque también dice que deben excluirse precisamente los casos de torturas y trato degradante. Estos policías participaron en las agresiones a los votantes del IES Pau Claris, en la Escuela Prosperitat, en el CEIP Ágora, en la Escuela Dolors Monserdà, en el Niño Jesús y en la Escuela Mediterránea, todas de Barcelona. Y dicen que, pese a la acusación en contra, deben ser amnistiados porque la ley dice que es necesario que haya “un umbral mínimo de gravedad” en las agresiones, humillaciones y vejaciones para restar excluidas de la amnistía. Y tratan de hacer valer esto ante el juzgado número 7 de Barcelona, donde hay otras cuarentena de policías encausados. Hay más, en este juzgado y en otros, que podrían pedir la amnistía. Éstos han sido los primeros. Y para realizar la solicitud han aprovechado el modelo de escrito que Òmnium había puesto a disposición de los represaliados.
El esquema del escrito presentado en el juzgado número 7 de Barcelona hecho para pedir que les apliquen la amnistía sigue al dedillo el del modelo que Òmnium ha puesto a disposición de todos los represaliados que tengan pendientes causas por desórdenes públicos, y que es accesible en la web de la Sindicatura por la Amnistía, concretamente en esta página . Y aquí puede obtener el modelo de escrito .
Los abogados de los policías, Javier Aranda y Sandra Melgar, presentan un escrito, al que ha tenido acceso VilaWeb, casi calcado; lo han traducido al castellano y le han personalizado con los datos y el caso referente a sus clientes, los agentes acusados de torturas y trato degradante. El modelo consta de un encabezamiento que invoca el artículo 9 de la ley, sobre la competencia para aplicar la amnistía, ya sea de oficio oa instancia de una parte; pasa a continuación a las alegaciones, con el primer punto que reitera lo dispuesto en el artículo 9; el segundo punto sobre el órgano competente; el tercero sobre la fase del procedimiento; el cuarto sobre el ámbito objetivo de la amnistía, que consiste en exponer las circunstancias de cada caso concreto; y el quinto sobre la inexistencia de causas de exclusión de la amnistía.
De hecho, el escrito difundido ayer por Òmnium de petición de la amnistía para Oleguer Serra, miembro de la junta directiva de la entidad investigado por terrorismo y exiliado en Suiza, sigue este esquema y es sorprendentemente parecido al que han entrado hoy en el juzgado los policías del 1-O.
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