FACUA-Consumidores en Acción considera decepcionante y peligrosa la nueva regulación del Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores (Reacu). La norma, publicada este miércoles en el BOE, permitirá que entidades financiadas por empresas puedan presentarse como organizaciones de defensa de los consumidores y acceder tanto a las ayudas públicas como a las acciones judiciales colectivas que la legislación les tiene reservadas en exclusiva.
La asociación lamenta la poca receptividad que ha tenido el Ministerio de Consumo a sus reivindicaciones sobre el contenido del Real Decreto 448/2023, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios. FACUA llevaba más de un año trasladando a Consumo cuestiones con las que pretendía evitar que la norma siguiese abriendo las puertas a que negocios pagados por empresas accediesen al Registro.
En sus alegaciones al texto, FACUA planteó entre otras cuestiones la necesidad de que, junto a un número mínimo de personas asociadas, se exigiese una cantidad mínima de ingresos provenientes de sus cuotas. «Este requisito valida que realmente estemos ante una entidad de carácter asociativo, en la que sus asociados contribuyen y aportan a su sostenimiento», señaló la asociación al Ministerio. Así, propuso que esos ingresos se cifraran en 90.000 euros anuales para el acceso al Reacu y 300.000 euros para el reconocimiento de la condición de asociación más representativa.
Sin embargo, Consumo ha decidido no establecer ingresos mínimos por cuotas de socios para poder inscribirse en el Reacu. A este respecto, la norma se limita a plantear que las asociaciones deberán contar con al menos 3.000 socios en dos comunidades autónomas y con un presupuesto anual de 90.000 euros. Pero no establece que ese presupuesto, ni ninguna otra cifra, tenga que provenir de las cuotas de sus socios.
Además, el real decreto viene a permitir que la casi totalidad del presupuesto mínimo anual que financie la actividad de una asociación de consumidores proceda de pagos de empresas privadas. Pagos que el ministro de Consumo, Alberto Garzón, ha rechazado prohibir pese a los numerosos escándalos que vienen trascendiendo al respecto en los últimos tiempos.
Asociaciones más representativas
Ni siquiera tendrán que acreditar unos ingresos mínimos por cuotas de socios las asociaciones que el ministerio con competencias en materia de protección de los consumidores considerará como más representativas. Se trata de las asociaciones que formarán parte del próximo Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU), el órgano consultivo al que se da trámite de audiencia sobre normas que afectan a los consumidores y designa a sus representantes en organismos gubernamentales.
El pasado 2 de junio finalizó el plazo para que las asociaciones de consumidores se postulasen para formar parte del CCU. Los criterios para la designación de sus miembros se aprobaron mediante una Orden publicada en el BOE el pasado 3 de mayo. En ella solo se establece que las organizaciones tendrán que contar con un mínimo de 10.000 asociados, pero no se fija ningún mínimo de ingresos por cuotas, como tampoco se les prohíbe recibir dinero de empresas.
Es más, ni siquiera está previsto un mecanismo eficaz para verificar que el número de socios declarado por las organizaciones sea real, ni para su ingreso al Registro Estatal ni para ser consideradas asociaciones más representativas y acceder al CCU.
Desde el inicio de la legislatura, FACUA viene reclamando al ministro de Consumo una auditoría sobre las asociaciones de consumidores a fin de comprobar si las cifras de socios declaradas tanto para recibir subvenciones como para formar parte del CCU y otros órganos consultivos son reales.
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