Ojo con esto:
La Constitución Española, en su artículo 30, establece que «los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España». Aunque el servicio militar obligatorio fue suspendido, la legislación prevé la posibilidad de movilizar a ciudadanos en situaciones excepcionales. Y recordemos que para los capos europeos los rusos lo son.
La Ley de Seguridad Nacional contempla la participación de la sociedad civil en casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, aunque no especifica (ni llama ni descarta) un reclutamiento forzoso.
Recordemos que la lucha de los objetores otorgó el derecho a la objeción de conciencia, reconocido en la Constitución, y que garantiza que ningún ciudadano pueda ser obligado a portar armas en contra de sus convicciones. Recordemos que en el año 2001 se suprimió la «mili» para dar paso a unas fuerzas armadas profesionales (cobrando por la patria).
Con distintos formatos y niveles de compromiso, hasta 10 países europeos mantienen algún esquema de servicio militar forzoso o de reclutamiento voluntario: Suecia, Noruega, Dinamarca, Finlandia, Austria, Estonia, Letonia, Lituania, Francia y Grecia