insurgente
  • Inicio
  • Estado Español
  • Insurgencias
  • Internacional
  • Artículos
  • Convocatorias
  • Editoriales
  • Publicaciones
  • Referencias y Referentes
  • Inicio
  • Estado Español
  • Insurgencias
  • Internacional
  • Artículos
  • Convocatorias
  • Editoriales
  • Publicaciones
  • Referencias y Referentes
No Result
View All Result
No Result
View All Result
Home Internacional América

ARGENTINA. Milei autoriza la venta de armas de asalto y que la policía entre en domicilios sin orden judicial

Fin de la "democracia".

in América
ARGENTINA. Milei autoriza la venta de armas de asalto y que la policía entre en domicilios sin orden judicial

La decisión del gobierno del ultraliberal Javier Milei autoriza a «legítimos usuarios» la compra y tenencia de «armas semiautomáticas, alimentadas con cargadores de quita y pon símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al 22», de acuerdo al decreto publicado en el boletín oficial. La disposición deroga una prohibición al respecto que regía desde 1995, cuando se restringió al ámbito militar la compra y uso de ese tipo de armamento. El decreto lleva la firma del presidente Milei, del jefe de ministros, Guillermo Francos, y de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich. En mayo se simplificó por decreto el otorgamiento de permisos con la llamada «tenencia express», un trámite destinado a «facilitar y agilizar la obtención de armas de fuego», según había anunciado el gobierno.

La Policía Federal Argentina podrá actuar con mayor autonomía para prevenir delitos, vigilar el espacio digital y realizar tareas de inteligencia criminal. Así lo establece el nuevo estatuto aprobado por el Poder Ejecutivo, que redefine su rol dentro del sistema de seguridad interior. La norma detalla qué puede hacer, bajo qué condiciones y con qué límites. La Policía podrá demorar personas por identidad no acreditada hasta por diez horas. Si existen sospechas fundadas de posible delito y la persona no puede probar quién es, podrá ser conducida a una dependencia policial. Se amplían las situaciones en las que pueden realizarse requisas sin orden judicial. Esto incluye registros personales o de vehículos si se presume fundadamente que hay objetos relacionados con un delito y hay riesgo de que desaparezcan. “La medida debe practicarse en vía pública o lugares de acceso público”, sostiene el documento.

ShareTweetShare

Nuestro Boletín

  • Inicio
  • Estado Español
  • Insurgencias
  • Internacional
  • Artículos
  • Convocatorias
  • Editoriales
  • Publicaciones
  • Referencias y Referentes

No Result
View All Result
  • Inicio
  • Estado Español
  • Insurgencias
  • Internacional
  • Artículos
  • Convocatorias
  • Editoriales
  • Publicaciones
  • Referencias y Referentes