En 1983, bajo el gobierno de «el cambio» de Felipe González, se acordó que fuera fiesta nacional.
Recordemos que la propia Constitución Española define en el artículo 16, que ninguna confesión religiosa tendrá carácter estatal (aforando un Estado no confesional), a la vez que obliga a los poderes públicos a mantener relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y el resto de religiones.
Como tantas cosas, papel mojado. La presencia de catolicismo es permanente en actos institucionales, colegios concertados, privados e incluso públicos. ,
Constitución apostólica Munificentissimus Deus, 1 de noviembre de 1950
Por eso, después que una y otra vez hemos elevado a Dios nuestras preces suplicantes e invocado la luz del Espíritu de Verdad, para gloria de Dios omnipotente que otorgó su particular benevolencia a la Virgen María, para honor de su Hijo, Rey inmortal de los siglos y vencedor del pecado y de la muerte, para aumento de la gloria de la misma augusta Madre, y gozo y regocijo de toda la Iglesia, por la autoridad de nuestro Señor Jesucristo, de los bienaventurados Apóstoles Pedro y Pablo y nuestra, proclamamos, declaramos y definimos ser dogma divinamente revelado: Que la Inmaculada Madre de Dios, siempre Virgen María, cumplido el curso de su vida terrestre, fue asunta en cuerpo y alma a la gloria celestial.
Amén.
